LOE, LOCE, RSCE, FCE, FCI… Cada vez es más fácil confundirse y hacerse con documentaciones falsas por error o intenciones dudosas. No son pocos los criadores mal llamados profesionales, que afirman tener pedigríes en regla cuando se trata de imitaciones, de documentos oficiosos que a la hora de la verdad, sirven para más bien poco. Por ese motivo, vamos a intentar aclarar lo que vale y lo que no según los institutos oficiales; qué es lo que afirma que tu mascota es de pura raza, y qué no. Y cómo se consigue un pedigrí oficial.

Distinguiendo realidad de fraude 

El único organismo totalmente fiable y totalmente internacional dedicado al trato con las razas es, y que nadie lo dude, la FCI (Federación Cinológica Internacional). Lo constituye un equipo compuesto por representantes de todos los países miembros, y reconoce un total de 343 razas con sus respectivos estándares. Y además, otorga los afijos en colaboración con la organización canina nacional que corresponda. Y en el caso de España, la única reconocida por el FCI es la Real Sociedad Canina de España, o lo que es lo mismo, la RSCE.

Esta institución, sólo esta, es la que otorga los pedigríes a nivel nacional, que pueden ser de dos tipos: el L.O.E. (Libro de Orígenes Español) y el R.R.C. (Registro de Raza Canina). El primero se entrega cuando se conocen al menos las tres últimas generaciones del ejemplar en cuestión, mientras que el segundo es el que se otorga cuando una de ellas no se puede demostrar. Son los únicos documentos que pueden presentarse en competiciones tanto nacionales como internacionales

Así pues, no hay que caer en el error de confundir tales instituciones y documentos, con otros que o bien no gozan de la misma reputación (asociaciones de comunidades autónomas, por ejemplo), o bien son directamente falsos. Cosas como el pedigrí LOCE, la Federación Canina (que no Cinológica) Internacional, la FCE… sirven sólo para confundir y crear todas esas tensiones que se dan cuando se intenta dar gato por liebre.

Cómo obtener el pedigrí 

El texto que sigue ha sido extraído de la página oficial de la RSCE, y explica detalladamente cómo conseguir, de manera totalmente legal y seria, el pedigrí de tu mascota. Podéis contrastarlo en la propia web de la asociación. No hay que olvidar que este proceso puede durar unos meses, hay que tener paciencia.

Pedigree 

Todo ejemplar del que sean conocidas un mínimo de tres generaciones (hasta los bisabuelos), figurará inscrito en el L.O.E.. Por el contrario, los ejemplares de los que no son conocidas sus tres generaciones completas, se inscriben en el Registro de Razas Caninas (R.R.C.).

El pedigree es el documento que certifica la genealogía del ejemplar hasta un mínimo de tres generaciones, si está inscrito en el L.O.E.; o de todos los antepasados conocidos, hasta la tercera generación, si está inscrito en el R.R.C.

El pedigree contiene la siguiente información: 

  • Denominación del Libro Genealógico y número con el que el perro ha sido registrado
  • LOEFecha de la inscripción
  • Nombre del perro
  • Títulos de Campeonato obtenidos
  • Raza
  • Variedad
  • Sexo
  • Color
  • Fecha de nacimiento
  • Código de identificación (tatuaje o microchip)
  • Nombre del criador
  • Fecha de la transferencia de propiedad
  • Nombre y domicilio del propietario
  • Fecha de emisión del pedigree
  • Firmas autorizadas de la Sociedad Canina
  • Nombre y número de registro de los padres, abuelos y bisabuelos

El pedigree acreditará que el perro es de pura raza, sin que se hayan producido cruces indeseados entre sus antecesores, de acuerdo con la información facilitada a la R.S.C.E. por el/los criador/es al solicitar la inscripción en el L.O.E. de sus camadas.

EL RRC

Hay dos formas de conseguirlo: 

- Llevando al perro a exposición y que lo califique un juez. 

- Si es un perro nacido de madre y padre RRC (los dos progenitores o uno solo), el cachorro tiene RRC del tirón, sin necesidad de llevarlo a una exposición.

Combinaciones posibles LOE - RRC:

- Madre LOE x Padre LOE = Cachorro LOE

- Madre RRC x Padre RRC = Cachorro sin LOE (a no ser que se conozcan 3 generaciones de antecesores del cachorro, es decir que sus padres, abuelos y bisabuelos tengan RRC)

- Madre RRC x Padre LOE = Cachorro sin LOE (a no ser que se conozcan 3 generaciones de antecesores del cachorro, es decir que sus padres, abuelos y bisabuelos tengan RRC)

- Madre LOE x Padre RRC = Cachorro sin LOE (a no ser que se conozcan 3 generaciones de antecesores del cachorro, es decir que sus padres, abuelos y bisabuelos tengan RRC)

Tramitación

Cesión de propiedad con el justificante de inscripción en el L.O.E./R.R.C.

Cuando cambia por primera vez la propiedad de un perro el propietario ha de utilizar el original del Justificante de Inscripción en el L.O.E. o R.R.C. que le haya entregado el criador o el establecimiento en el que adquirió su perro, cumplimentado al dorso (Solicitud de Cesión de Propiedad), sin enmiendas, con el nombre y dirección completos del nuevo propietario o propietarios, firmado por todos los propietarios anteriores (cedentes) y todos los propietarios nuevos.

El propietario presentará el citado Justificante de Inscripción para solicitar un “Pedigree con transferencia de tres generaciones” o un “Pedigree con transferencia de cuatro generaciones” (ambos igualmente válidos a todos los efectos), en las oficinas de la Real Sociedad Canina de España o en las de la Sociedad Canina colaboradora de la R.S.C.E. que corresponda al lugar de residencia del mismo y pagará el importe que corresponda a la tramitación, según la tarifa de precios vigente, variando el importe si ostenta la condición de socio de la R.S.C.E.

Si es el propio criador el que tramita el pedigree a su nombre, sin transferir la propiedad, el procedimiento a seguir es semejante, excepto que ha de cumplimentar el dorso con sus propios datos y firmar únicamente él.

Una vez realizada la tramitación, el propietario recibirá el pedigree del ejemplar a su nombre.

Cesión de propiedad con el Pedigree

Si la Solicitud de Cesión de Propiedad se realiza una vez obtenido el pedigree se seguirá un procedimiento similar al expuesto anteriormente.

El nuevo propietario deberá cumplimentar el apartado correspondiente de la Cesión de Propiedad con su nombre y dirección e, igualmente, deberán constar las firmas de todos los cedentes y todos los nuevos propietarios.

Fuente: Mundoanimalia