Reglamento de la FCI para los jueces de exposiciones
ÍNDICE
1 GENERALIDADES
2 REQUISITOS MÍNIMOS: SOLICITUD PARA HACERSE JUEZ DE EXPOSICIONES, FORMACIÓN, EXÁMENES Y NOMBRAMIENTO DE LOS JUECES DE EXPOSICIONES
3 DEFINICIÓN DE JUECES DE EXPOSICIONES
4 COMO CONVERTIRSE EN JUEZ PARA RAZAS ADICIONALES
5 COMO CONVERTIRSE EN UN JUEZ DE GRUPO
6 COMO CONVERTIRSE EN JUEZ INTERNACIONAL PARA TODAS LAS RAZAS
7 COMO CONVERTIRSE EN UN JUEZ NACIONAL PARA TODAS LAS RAZAS DE LA FCI
8 CONDICIONES GENERALES DE ADMISIÓN COMO JUEZ DE EXPOSICIONES
9 ÁREAS GENERALES DE UN JUEZ DE EXPOSICIONES
10 DISPOSICIONES PARA LOS VIAJES Y SEGUROS
12 SANCIONES
13 APLICACIÓN DEL REGLAMENTO
Anexo al REGLAMENTO DE EXPOSICIONES CANINAS y de JUECES de la Fédération Cynologique Internationale: REGLAMENTO COMPLEMENTARIO PARA LOS GASTOS DE VIAJE DE LOS JUECES
1 GENERALIDADES
Los requisitos de los párrafos 1 a 8 son obligatorios para todas las organizaciones caninas nacionales miembros y los socios contratantes de la FCI y deben ser considerados como REQUISITOS MINIMOS de la FCI para cualquier individuo (hombre o mujer) para ser aceptado como juez de exposiciones por la organización canina nacional del país en el cual posee su residencia legal y la cual es miembro de la FCI (Organización Canina Nacional de la FCI, en forma abreviada OCN). Es cada OCN la que puede incrementar y especificar los requisitos generales determinados por la FCI. No obstante, las reglas de los países no pueden estar en contradicción con el presente reglamento de la FCI, bajo ninguna circunstancia.
2 REQUISITOS MÍNIMOS: SOLICITUD PARA HACERSE JUEZ DE EXPOSICIONES, FORMACIÓN, EXÁMENES Y NOMBRAMIENTO DE LOS JUECES DE EXPOSICIONES
Las solicitudes de los candidatos que deseen llegar a ser juez de exposiciones deben ser aceptadas bajo las reglas oficiales de la OCN del país en donde poseen su residencia legal. Es responsabilidad de cada OCN la de proveer cursos apropiados y un programa de formación básica satisfactorio para jueces a sus candidatos para que tengan una formación suficiente; además le corresponde a cada OCN preparar los exámenes necesarios y encargarse del nombramiento oficial de los jueces de exposiciones. Esta formación debe seguir los requisitos mínimos que se adjuntan en este reglamento.
Con el fin de devenir juez internacional de exposiciones reconocido por la FCI, el candidato que se va a examinar para su primerísima raza tiene que cumplir con los siguientes requisitos:
a. Tener la mayoría de edad.
b. Al presentar su solicitud para una o más razas, el futuro candidato debe demostrar que fue criador con propio afijo registrado y que tiene perros inscritos en el libro de orígenes oficial de su país o demostrar que logró resultados notables como expositor durante 5 años como mínimo o demostrar que fue involucrado de forma activa y responsable en el mundo canino durante 5 años como mínimo.
c. Haber oficiado, por lo menos 5 veces en exposiciones oficiales, como comisario o secretario de pista en un período mínimo de un año para dominar los problemas de procedimiento y los reglamentos.
d. El comité oficial de examen (nombrado por la OCN del candidato) debe hacer pasar al candidato una evaluación preliminar escrita para darle la oportunidad de demostrar que tiene conocimientos suficientes en los temas siguientes:
1. Anatomía, morfología y movimiento de los perros
2. Genética, salud y temperamento
3. Conocimiento del/de los estándar(es) de raza
4. Comportamiento del juez, principios y procedimiento en pista
5. Reglas nacionales de exposición y otras regulaciones nacionales
6. Reglamento de exposiciones de la FCI, el presente reglamento y otros reglamentos.
Una vez que se ha llevado a cabo con éxito la parte de conocimientos básicos, un candidato tiene que seguir un curso más específico.
Este es el primer curso en el que los candidatos aprender a mirar a los perros. El curso debe ser brindado por jueces con mucha experiencia que han seguido un programa especial de capacitación en su OCN.
e. La formación práctica debe permitir al candidato a tener un conocimiento y entendimiento profundos de/de la(s) raza(s), de todos los reglamentos así como del procedimiento en pista. Esta formación consiste en tomar parte en cierto número de exposiciones durante las cuales se le brinda al candidato su formación a condición de que haya aprobado la evaluación escrita. Es responsabilidad de la OCN determinar la duración de esta formación así como su importancia.
f. La formación a ser brindada a un juez se hará sobre una base de raza por raza. Esta formación “raza por raza” debe ser realizada en países en donde algunas razas son comunes y están presentes en número razonable en la mayoría de las exposiciones, pero también en países que quieren brindar una formación más avanzada a sus jueces y/o candidatos sobre ciertas razas específicas.
g. La formación práctica debe ser supervisada por jueces de exposiciones reconocidos por la FCI y de gran experiencia. El candidato debe redactar un informe sobre los perros que habrá juzgado durante su formación y hacerlo llegar al juez que tendrá que evaluar su conocimiento, su forma de juzgar y su comportamiento y comunicar sus conclusiones al comité oficial de examen.
Una vez terminada con éxito esta formación práctica, el candidato debe pasar una prueba práctica supervisada por el comité oficial de examen. Dicho comité tendrá que hacer un informe sobre la prueba y los resultados logrados.
h. La evaluación será teórica y práctica. Los candidatos tienen que juzgar por lo menos dos ejemplares, no importa la raza. El candidato tiene que producir un informe consecuente con los puntos buenos y no tan buenos de la morfología y del movimiento de los ejemplares y debe prestar atención a la salud y bienestar del perro. El informe tiene que ser debatido con los evaluadores. La evaluación será hecha por una comisión especial, nombrada por la OCN y siguiendo las reglas específicas de ésta. En caso de que la OCN no tenga reglas específicas entonces se deberá aplicar el siguiente procedimiento:
El candidato tiene que juzgar y escribir una crítica con calificación y clasificación así como indicar quién sería el vencedor de Mejor de Raza (BOB). El candidato tiene que probar al comité de evaluación que él:
1. conoce el estándar y sabe cómo utilizarlo
2. conoce los puntos típicos y faltas y sabe como apreciarlas
3. sabe cómo escribir un informe
4. conoce la historia de la raza
5. conoce el carácter / la utilidad / la salud y los problemas de la raza
6. conoce sobre la población de la raza en su país y otros países
7. conoce la diferencia entre dicha raza y razas similares y relacionadas
i. Nombrado juez de exposiciones por su OCN e incluido en su lista de jueces de exposiciones, el candidato debe, primero, juzgar en el país en donde él posee su residencia legal y durante dos años como mínimo, las razas para las cuales fue aprobado, antes de poder juzgar exposiciones FCI (CACIB) llevadas a cabo fuera del país en donde él posee su residencia legal.
j. Un juez – o candidato a juez – que ha estado viviendo en un país diferente del país en donde él poseía su residencia legal por más de 3 años está obligado, para ser aprobado para juzgar razas adicionales, a capacitarse en la OCN del país en el que vive ahora. Esta medida no se aplica a los jueces internacionales de todas las razas de la FCI.
k. Si un candidato posee más de un país de residencia, él tiene que decidir bajo qué régimen (OCN) quiere convertirse en juez de exposiciones. Se debe informar a la oficina de la FCI sobre su decisión. Una vez que un candidato a juez ha comenzado su programa de formación para una raza particular, grupo o para hacerse juez de todas las razas, este programa debe continuarse bajo el mismo régimen. En el caso que el juez permanentemente se mude a un país diferente de la FCI, el Reglamento para jueces de la FCI señala que la licencia del juez es transferida al nuevo país de residencia después de tres años al menos que el país de residencia original acuerde transferir la licencia antes.
l. Si una nueva raza es reconocida por la FCI, un juez de grupo o un juez para todas las razas de la FCI está autorizado automáticamente a juzgarla siempre que esta raza esté en un grupo que el juez (de grupo) está calificado a juzgar.
m. Es responsabilidad de cada OCN, en su calidad de miembro de la FCI, incluir en su listado oficial de jueces de la FCI únicamente a las personas que hayan cumplido con los criterios arriba mencionados. Las OCN deben actualizar esta lista así como cualquier información sobre los jueces y hacerlas llegar a la Oficina de la FCI cada año. La lista tiene que incluir claramente las razas para las que el juez tiene licencia para otorgar el CACIB, los grupos que está autorizado a juzgar y tiene que indicar si el juez puede o no juzgar el Best in Show. Esta lista tiene que ser establecida de acuerdo con la nomenclatura de razas de la FCI.
3 DEFINICIÓN DE JUECES DE EXPOSICIONES
Un Juez de Raza de la FCI es una persona que ha sido aprobado por su propia OCN a juzgar una o más razas.
Un Juez de Exposiciones de una OCN puede ser:
a) Juez de Raza de la FCI
b) Juez de Grupo de la FCI
c) Juez Internacional para todas las razas de la FCI
d) Juez Nacional para todas las razas de la FCI
La OCN tiene que enviar a la FCI la información completa sobre cada juez que está autorizado a juzgar fuera del país en donde él posee su residencia legal.
4 COMO CONVERTIRSE EN JUEZ PARA RAZAS ADICIONALES
Los jueces de exposiciones ya aprobados para una o más razas en un grupo cualquiera y que deseen ampliar su lista de razas deben enviar su solicitud por escrito, tomar una formación práctica y aprobar un examen sobre el estándar de la(s) raza(s) en cuestión. También es obligatoria una evaluación práctica para esta(s) raza(s).
En el caso de que sea absolutamente imposible procurar los perros de cierta raza para la prueba práctica, el candidato debe, como solución alternativa, pasar un examen completo sobre el estándar de la(s) raza(s) que solicita juzgar. Esta regla se aplica sólo para jueces experimentados que estarían agregando una o más razas a su lista.
5 COMO CONVERTIRSE EN UN JUEZ DE GRUPO
Un juez de grupo de la FCI es una persona aprobada por su OCN para juzgar, a nivel de competiciones de grupo, uno o más grupos de los grupos oficiales de la FCI (según la nomenclatura de razas de la FCI). La formación de un juez de grupo de la FCI tiene que durar un año como mínimo para cada uno de los primeros cinco grupos para los cuales solicita una licencia. Un juez de grupo puede dar el CACIB a cualquier raza del grupo para el cual es calificado. Una vez nombrados, los jueces de grupo de la FCI pueden juzgar (en las exposiciones con CACIB) las competencias del « mejor de grupo » (BOG) de los grupos para los cuales son calificados.
Si una raza es transferida a otro grupo que un juez de grupo no puede juzgar, sigue autorizado a juzgar la raza en cuestión.
Antes que un candidato sea autorizado a formarse en más de un grupo, la OCN debe evaluar el modo de juzgamiento de este candidato. La OCN tiene el derecho de decidir si desea colocar al juez de raza en un programa de formación específico para jueces de grupo o aún en un programa para jueces de todas las razas.
Los grupos claves de la FCI son los grupo 1, 2, 3 y 9.
a. Un juez puede solicitar ser formado como juez de grupo (para su primer grupo) cuando él ha sido juez por un período de por lo menos cuatro años y él tiene que ser juez de por lo menos tres razas de ese grupo. Durante estos años él tiene que haber juzgado por lo menos cinco veces las razas que él ha sido aprobado. Existe una alternativa : él tiene que esperar tres años luego de la aprobación de su primera raza antes de que pueda solicitar ser formado como juez de grupo.
b. Cuando un candidato es formado en su primer grupo, tiene que finalizarlo antes de que pueda capacitarse en su segundo grupo. De esta forma, la capacitación puede ser hecha grupo por grupo.
c. Los candidatos en los primeros cinco grupos tienen que considerar que no pueden ser capacitados en más de un grupo al mismo tiempo cuando ellos están trabajando dentro de uno de los grupos claves.
d. Luego de haber completado su quinto grupo, un candidato puede ser formado para más de dos grupos al mismo tiempo.
e. La formación en el primer grupo dura un mínimo de dos años. En los grupos siguientes la formación puede ser hecha en un año.
f. La evaluación de los candidatos debe consistir en un examen práctico para una raza o para un grupo de razas y una parte teórica para este grupo de razas.
Cuando ha sido aprobado para un cierto número de razas dentro del mismo grupo de la FCI, es posible para un Juez de Grupo ser autorizado para otras razas en este grupo sin evaluación siempre que se haya capacitado bien. Depende de la OCN establecer los requisitos para esta capacitación.
g. Luego de completar su quinto grupo un candidato puede oficialmente solicitar por escrito a su OCN ser formado para más grupos o aún como juez para todas las razas.
h. Mientras se esté formando para uno o más grupos, un candidato tiene que continuar juzgando las razas para las que él ha sido autorizado ya.
i. La OCN tiene que informar a la FCI sobre el juez que se ha convertido en juez de grupo de la FCI para su primer grupo.
6 COMO CONVERTIRSE EN JUEZ INTERNACIONAL PARA TODAS LAS RAZAS
Un juez internacional para todas las razas de la FCI es una persona aprobada por su OCN para juzgar todas las razas de los grupos reconocidos por la FCI. Estos jueces son los únicos en poder juzgar en las exposiciones con CACIB en el mundo entero todas las razas reconocidas por la FCI.
El nombramiento de los jueces internacionales para todas las razas de la FCI depende enteramente de las OCN prestando una atención particular al número de razas registradas en el país en cuestión.
Nota: El masculino genérico es aplicable al femenino, al igual que el singular puede tener un sentido plural o viceversa.
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