El pasado jueves 16 de marzo fue aprobada la nueva ley de bienestar animal en el Congreso de España, una ley que regula la protección de los derechos y el bienestar de los animales en el país a excepción de los perros de caza, los perros de mendigos, los perros de laboratorio, los perros de rescate, los perros policía o los perros de asistencia.

Esta ley entrará en vigor en los próximos 6 meses y afecta a todos los hogares españoles que tengan animales de compañía, o que en un futuro vayan a tener a excepción de los mencionados arriba.

Qué dice la nueva ley de bienestar animal

La nueva Ley de Bienestar Animal en España es una ley histórica que regula la protección de los animales de compañía, reconociéndolos por primera vez como sujetos de derechos y protegiendo su dignidad. A continuación, se destacan los puntos más importantes que afectan a los adoptantes de mascotas.

La ley establece la obligatoriedad de realizar un curso de formación para los nuevos adoptantes de mascotas, aunque no se especifica si esto afectará también a las personas que ya son adoptantes. Además, se exige la esterilización de los gatos y se recomienda la esterilización de los perros, aunque no es obligatoria, y solo los criadores registrados podrán criar camadas hasta un límite por perro. Las tiendas de mascotas no podrán vender cachorros nunca más, y solo se permitirá la venta de ciertas especies como conejos, tortugas de agua, peces no venenosos y algunos roedores como hámsters o cobayas.

En cuanto a la identificación de los animales, la ley establece la obligatoriedad de tener el chip insertado y la cartilla veterinaria al día en perros, gatos y hurones, y que las aves deben ir anilladas. Las sanciones por no cumplir con estas normas serán mucho más altas.

La ley también establece normas de convivencia con las mascotas, como la prohibición de dejar al perro solo más de 24 horas y a los gatos y hurones más de 3 días, así como dejar al perro en lugares sin supervisión. La comunidad puede denunciar cualquier incumplimiento de estas normas.

Obligado seguro de responsabilidad civil

Hasta ahora solo era obligatorio un seguro de responsabilidad civil si tenías un perro PPP, con esta ley TODOS deberán tener uno. Las aseguradoras deben estar muy felices, en las protectoras y perreras no creo que tengan esa sensación y para los propietarios aún menos. Esta obligación es absurda para muchos y no es de extrañar, parece más un negocio que una necesidad.

La ley lo dice claro: «en el caso de la tenencia de perros y durante toda la vida del animal, la persona titular deberá contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, que incluya en su cobertura a las personas responsables del animal, por un importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos derivados, que se establecerá reglamentariamente«

Perros PPP

La nueva ley no realiza muchos cambios con la definición de los perros considerados peligrosos donde se incluyen el pit bull terrier, rottweiler, dogo argentino, staffordshire bull terrier, american staffordshire terrier, fila brasileño, tosa inu y akira inu. A partir de ahora estas razas de perros podrán llamarse perros de manejo especial y dependerán para ello de un estudio de sociabilidad que tendrán que aprobar y en este caso, los adoptantes ya no dependerán de ninguna licencia.

Los perros solo serán considerados como potencialmente peligrosos previa realización de un estudio de sociabilidad individualizado.

Solo se especifica que los perros que se clasifiquen como animales de manejo especial deberán disponer de medidas de seguridad que eviten agresiones o fugas, por lo que el bozal dejará de ser obligatorio de base.

 

Animales en los espectáculos

Si bien se prohíben animales salvajes en circos, cabalgatas, ferias, etc., sí se aceptan en el espectáculo animales como los perros, aves o caballos, que no sufran ni emocional ni físicamente durante el espectáculo.

La tauromaquia no cambia.

Las sanciones

Estas son las posibles sanciones alas que te puedes enfrentar si no cumples con la normativa en referencia a tu perrete.

  • Multas de 500 a 10.000:
    • Dejar a tu perro solo más de 24 horas
    • Dejar a tu perro atado en un supermercado
    • No denunciar la pérdida o robo de tu perro
    • Criar cachorros sin ser criador certificado
    • No esterilizar a tu gato antes de los 6 meses
  • Multas de 10.001 a 50.000€:
    • Dejar a tu perro en balcones, terrazas, azoteas, trasteros o patios
    • No llevar al perro al veterinario cuando lo necesite
    • No tener a tu perro identificado correctamente
    • Dejar al perro solo dentro del coche
    • Practicar modificaciones estéticas o mutilaciones en el perro
    • No recoger al perro en residencias, centros veterinarios o servicios parecidos
    • Abandono animal
  • Multas de 50.001 a 200.000€:
    • Vender perros, gatos o hurones en tiendas de mascotas
    • Eutanasia con medios inadecuados o por personal no cualificado
    • Muerte del animal siempre que no sea constitutivo de delito